Problemáticas en La Matanza (BsAs)





En región 3 de La Matanza, se publicó un que se suponía de “creación” en la modalidad Especial, y que se difundió para postulación con la particularidad de cargo “alternado” o “rotativo” (algunos días por la mañana, otros por la tarde).

Esto limitó la cantidad de postulaciones de muchos profesionales bibliotecarixs de la región, egresadxs de la carrera; ya que los cargos bibliotecarixs son fijos. Sin embargo, para subsistir necesitan de un 2do cargo.

El miercoles 29/6/23 se remitió una nota señalado la ilegalidad e inexistencia del cargo “ALTERNADO” O “ROTATIVO”. La misma fue redactada por compañerxs afiliadxs a SiTBA y acompañada -en pocas horas- por más de 90 firmas de bibliotecarixs de la región.

Se remitió a la dirección de correo electrónico de SAD2 de La Matanza, por ser este el organismo que lo publicó. Y por la tarde se recibió la respuesta y citación para el día siguiente.

Así el jueves 30/6 nos apersonamos a SAD2 de La Matanza, un total de 6 bibliotecarixs de la región, en su mayoría afiliadxs a SiTBA.

Se nos atendió amablemente y se nos hizo entrega de una respuesta por escrito, la cual no nos conformó, por lo que elaboramos una respuesta en el momento. En resumen justificaba por Resolución 3367/05 anexo IX de la dirección de educación especial, que con respecto a la cobertura de cargo por servicio educativo, como no aclara o indicar el horario de desempeño, lo considera motivo suficiente para que sea “rotativo”

Inconformes con tal respuesta, redactamos allí mismo una respuesta fundamentando su insolvencia, pero principalmente el atropello que significa para el derecho de quienes necesitan trabajar dos cargos y que salvo que sean -directivos, miembros de EOE- no pueden rotar. O sea la mayoría de lxs biblitocecarixs de la región no pueden acceder a dicho cargo.

Más tarde fuimos atendidxs por la responsable de la SAD2. Como la respuesta que recibimos, se justificó con la planilla que emitió la Dirección de Tribunales, pedimos tener acceso a la misma para ver cuál es su ubicación en la pirámide jurídica como para que esté por sobre la ley 10.579 (Estatuto del Docente). A lo cual la secretaria de la SAD 2 de La Matanza nos dijo que la tenía en la computadora y procedió a compartirla. Al verla visualizamos una planilla de carga con datos de distrito, código PID, turno y por supuesto el cargo. No tenía ni siquiera carácter de Circular o Resolución, o sea, que la decisión del cargo rotativo no se basó en ninguna normativa que lo avale.

O sea que la modalidad de Especial, tiene carta blanca o una varita mágica de saúco para convertir lo que le conviene, ignorando el Estatuto Docente, la normativa vigente y por sobre todo los derechos de los trabajadorxs a su antojo.

Frente a nuestra respuesta, la SAD2 deberá volver a citarnos para respondernos, por lo que esperamos contar con la participación de todxs lxs bibliotecarixs que entiendan los privilegios de algunxs por sobre los propios.


 

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